La decisión, aprobada a unanimidad por el Pleno de la JCE, establece que “en todas aquellas provincias que no han sido divididas en circunscripciones electorales para la escogencia de diputados y diputadas por circunscripción territorial, habrá cuatro (4) boletas, una por cada nivel de elección: Presidencial, Senatorial de Diputaciones y Municipal, tal y como lo establece el artículo 92 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral No.15-19”.En tal sentido, las veintiséis (26) provincias que utilizarán cuatro (4) boletas, una para cada nivel de elección, son Bahoruco, Dajabón, El Seibo, Elías Piña, Hato Mayor, Hermanas Mirabal, Independencia, Montecristi, Pedernales, Samaná, San José de Ocoa, Santiago Rodríguez, Barahona, María Trinidad Sánchez, Monseñor Nouel, Monte Plata, Peravia, Sánchez Ramírez, Valverde, Azua, Espaillat, La Romana, San Juan, Duarte, La Altagracia y San Pedro de Macorís.
Por otro lado, el Pleno de la JCE dispuso que, de forma excepcional y a los fines “cumplir con lo dispuesto por el Párrafo IV del Artículo 104 de la Ley No.15-19, únicamente, en el Distrito Nacional y aquellas provincias que estén divididas en circunscripciones electorales para la elección de diputados y diputadas por circunscripción territorial, se les computarán todos los votos obtenidos por el partido en la provincia a los candidatos a Senadores”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario